La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió la reposición deducida por el club de fútbol Deportes Santa Cruz y dictó orden de no innovar, oficiando a la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) para que retenga el eventual pago a Deportes San Marcos de Arica proveniente de la venta de acciones del Canal del Fútbol.

En fallo unánime (causa rol 6566-2018), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Ricardo Pairicán, el fiscal judicial Álvaro Martínez y el abogado (i) Juan Briceño– hizo lugar a la acción judicial, solo en el sentido de dictar orden de no innovar y oficiar a la ANFP para que proceda a la retención.

“(…) atendido el mérito de los antecedentes acompañados, en especial, la noticia publicada en la página web de “Al Aire Libre” de Radio Cooperativa, donde se señala la próxima repartición, entre los clubes de fútbol profesional, del dinero de la venta generada por el Canal del Fútbol, ha lugar a la reposición intentada sólo en cuanto se hace lugar a la orden de no innovar, en el sentido de que se ordena oficiar a la Asociación de Fútbol Profesional de Chile para que retenga cualquier pago al Club de Deportes San Marcos de Arica que diga relación con cualquier tipo de ganancia o distribución proveniente de la venta de acciones del CDF, en tanto se resuelva la presente acción cautelar”, consigna la resolución.