El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó hoy –lunes 5 de septiembre– a Rodrigo Alejandro Aguilera Olmos a la pena única de 6 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños, un delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños y muerte, e incumplimiento de la obligación de no dar cuenta a la autoridad del accidente de tránsito. Ilícitos perpetrados en septiembre del año pasado, en la ciudad.

En fallo unánime (causa rol 153-2022), el tribunal –integrado por los magistrados Óscar Huenchual Pizarro (presidente), Sara Pizarro Grandón (redactora) y María Cecilia Zapata Pavez– aplicó, además, a Aguilera Olmos las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos; la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y la inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica; más el pago de una multa de 8 UTM.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la tarde del 9 de septiembre de 2021, el acusado conducía en estado de ebriedad por la avenida Las Torres de la comuna de Arica, “el vehículo tipo furgón, P.P.U. HXWK.91 cuando colisionó en el costado derecho al vehículo tipo station wagon, P.P.U. KGKD.59 conducido por la víctima A.M.C., quien transitaba por el lugar, frente a esta acción el acusado no detuvo la marcha, no prestó la ayuda posible como tampoco dio cuenta a la autoridad el accidente de tránsito, huyendo del lugar a gran velocidad a raíz de lo cual colisionó con el portón de ingreso del Condominio Portal de Azapa, ubicado en Avenida Las Torres N° 3050, villa Campo Verde de esta comuna, el que se encontraba en actual construcción, ingresando con el vehículo al recinto atropellando a la peatón y víctima A.R.G. (Q.E.P.D), quien falleció el lugar por un paro cardiorrespiratorio por trauma craneoencefálico y raque medular debido a un accidente de tránsito – atropello”.

 El examen de alcoholemia practicado a Aguilera Olmos por el Servicio Médico Legal de Iquique, arrojó como resultado 1.98 gramos de alcohol por litro de sangre.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal ordenó que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados. Además, decretó el comiso del vehículo incautado.

En el aspecto civil, se acogió la demanda impetrada por la empresa Constructora Pacal SA, ordenando al condenado pagar $465.000, debidamente reajustado.